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En caso de conflicto entre usuario y el colegio:
Los acuerdos de la Junta de Gobierno son recurribles por los interesados, una vez notificados.
Podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejo General de Colegios de Economistas de España en el plazo de un mes, si el acto fuera expreso. Si no lo fuera, el plazo será de tres meses.
El interesado también podrá interponer directamente recurso contencioso administrativo ante la Jurisdicción contencioso-administrativa conforme a lo previsto en la ley reguladora de la misma.
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