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Desde el Grupo de Trabajo de estudio de Sociedades Profesionales, del Consejo General, dirigido por Leopoldo Pons, recordamos, según hemos venido comentando en anteriores comunicaciones sobre la Ley 2/2007, de 15 de marzo, de Sociedades Profesionales, LSP (PDF (2007/05584; 6 págs. - 176 KB.) que de acuerdo a lo establecido en su Disposición Transitoria Primera , que se refiere al plazo de inscripción de sociedades en el Registro Mercantil :
Recordamos asimismo que el Consejo General de Colegios de Economistas, solicitó una prorroga del plazo de adaptación de las sociedades a la LSP ( 16 de junio de 2008 ) de 6 meses a la Secretaría de Estado de Justicia. Teniendo en cuenta que no se ha recibido respuesta por el momento sobre dicha hipotética ampliación, debe considerarse como plazo de adaptación el plazo establecido por la Ley de Sociedades Profesionales ( 16 de junio de 2008 ).
Como consecuencia de todo lo anteriormente comentado, se recomienda a los Economistas que ADAPTEN en su caso las sociedades a esta Ley ( la mayor parte de las sociedades de Economistas deberían adaptarse a la nueva Ley según lo establecido en el artículo 1) con urgencia y SOLICITEN SU INSCRIPCIÓN en el Registro Mercantil, en caso de que no se haya hecho, teniendo en cuenta el plazo del 16 de junio de 2008, por las posibles consecuencias que pudieran derivarse de su no inscripción fuera de dicho plazo y especialmente teniendo en cuenta que el 16 de diciembre de 2008 la sociedad quedaría disuelta de pleno derecho. Resultando preferible realizar la adaptación y solicitar la inscripción en el Registro Mercantil con antelación a dicha fecha ( antes del 16 de junio de 2008 ) para evitar improvisaciones de última hora ).
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